INSTITUTO MAX WEBER S.L.U.
II PROGRAMA DE APOYO A LA INSERCIÓN LABORAL DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD
Financiado por el Gobierno de Canarias y el Fondo Social Europeo
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Inicio / Presentación del programa

El Servicio Canario de Empleo, dependiente de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, ante la experiencia y los resultados obtenidos en el I Programa de Apoyo a la Inserción Laboral del Vigilante de Seguridad Privada, tanto en lo referido a la demanda social de formación, como a la calidad de las acciones desarrolladas, justificadas por el alto porcentaje de alumnos que han obtenido el título de Vigilante de Seguridad Privada, habilitados por el Ministerio del Interior, y su posterior inserción en el mercado de trabajo, y dado que Canarias precisará, en los próximos cuatro años, 4.000 nuevos Vigilantes de Seguridad, ha puesto en marcha un II Programa de Apoyo, a desarrollar durante 2007, con el objetivo de apoyar y fortalecer el Plan contra la Inseguridad Ciudadana, elaborado por el Gobierno de Canarias.

La Ley de la Seguridad Privada 23/1992, de 30 de julio y su posterior Reglamento de Seguridad Privada bajo Real Decreto 2.364/1994, de 9 de diciembre y sus redacciones posteriores dadas por los Reales Decretos 938/1997 y 1.123/2001, obligan a los aspirantes a un puesto de trabajo en el área de la Seguridad Privada (Vigilantes de Seguridad Privada, Vigilantes de Explosivos y Sustancias Peligrosas, Escoltas Privados) a recibir un curso de formación previa a su acreditación como vigilante básico de Seguridad Privada. Así mismo, la Ley recoge en su artículo 57 “Formación Permanente” y en el último Real Decreto 1.123/2001, de 19 de octubre, la obligatoriedad de un reciclaje permanente anual para mantener las competencias profesionales de los mismos, sobre dos ejes básicos:

  1. Los vigilantes de seguridad en sus distintas modalidades habrán de superar los módulos profesionales de formación teórico-práctica asociados al dominio de las competencias que la Ley de Seguridad Privada les atribuye en el artículo 56.1.

  2. Dichos Módulos Formativos se realizarán en los centros de formación autorizados por la Secretaria de Estado del Interior, pudiendo completarse con los módulos de formación práctica en puestos de trabajo, evaluados con arreglo a los criterios que se determinen reglamentariamente. A la superación de estas pruebas, se extenderá un diploma acreditativo, con arreglo al modelo establecido (artº. 56.2 Real Decreto 2.364/1994).

El Instituto Max Weber participa en este II Programa de Apoyo a través de sus Centros de Formación, homologados por el Ministerio del Interior, en la isla de La Palma (San Andrés y Sauces) y de La Gomera (Hermigua) y pone a disposición de sus alumnos esta página web, de modo que les sirva de apoyo durante el desarrollo del curso y desde que este termine hasta que se examinen en la Policía y obtengan su título correspondiente.

Mediante esta página, el alumno, desde su casa, tendrá la posibilidad de ver las explicaciones de cada tema cuantas veces desee y también enviar las dudas que se le planteen al Jefe de Estudios, para que se las aclare.

Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 30 de diciembre de 2006, de la Presidenta, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del II Programa de Apoyo a la Inserción Laboral del Vigilante de Seguridad Privada, cofinanciado por el Fondo Social Europeo y se convoca a los Centros de Formación a participar en el desarrollo de sus cursos.

 

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Financiado por el Gobierno de Canarias y el Fondo Social Europeo.